LOCALIDAD: BO. PALMAS CIUDAD: CATAÑO
Acerca del Rol
TITULO DEL PUESTO: Instalador(a) y Reparador(a) de EstacionesGREMIO: UIETNIVEL: 07CODIGO:
Resumen de las Funciones
Ejecuta instalaciones y reparaciones de estaciones de clientes residenciales, líneas sencillas de negocios, y otros de acuerdo con la modernización de los sistemas telefónicos. Responsable de llevar a cabo todas las tareas asignadas cumpliendo con las prácticas y procedimientos establecidos por la Compañía, y de ofrecer la mejor calidad de servicio a los usuarios, demostrando buen juicio, cortesía y tacto.
Preparación Académica, Licencias y Certificaciones
Escuela Superior.Aprobar el Ciclo de Adiestramiento para Empleados de Operaciones de Campo- Instalador y Reparador en provisto por la Gerencia de Formación y Desarrollo.Licencia de Conductor.Aprobar exámenes administrados por la División de Adquisición/Selección de Talento.
Experiencia
No se requerirá experiencia.
Conocimientos y Habilidades
Conocimiento básico de electrónica, preferiblemente.Enfoque de servicio al cliente.Habilidad para aprender.Habilidad para establecer y mantener relaciones interpersonales efectivas.Dominio amplio del idioma español (oral) y dominio razonable del idioma inglés (oral).
Condiciones
Este puesto requiere trabajar fuera de horas regulares (turnos rotativos, partidos, nocturnos, y de madrugada), fines de semana y días feriados; trasladarse a otras áreas geográficas y dependencias de la Compañía en el desempeño de sus funciones; pernoctar durante situaciones especiales que así lo ameriten; y viajar fuera de Puerto Rico con el propósito de tomar adiestramiento o atender alguna gestión oficial. Favor de hacer referencia a la hoja de Condiciones Ambientales y Demandas Físicas.En el desempeño de las funciones esenciales se requiere ascender o descender por medio de escaleras portátiles, canastos, andamios, rampas, sogas, postes u otros artefactos, utilizando los pies y las piernas, o las manos y los brazos, o ambos grupos de extremidades Todos los empleados cuyas funciones requieran trabajar sobre 4 pies de altura, deben cumplir con las normas de seguridad sobre limitación de peso corporal establecida por OSHAct (Occupational Safety and Health Act) y la Ley Núm. 16 del 5 de agosto de 1975 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico). El peso máximo que un empleado debe tener para poder trabajar en alturas sobre los 4 pies es de 275 libras. Los empleados no deben exceder la capacidad del peso máximo de ningún equipo de seguridad que tenga especificaciones de límite de peso. Ver Procedimiento Departamental P-RH-005-A (Uso de Escaleras de Mano y Equipo de Protección Personal contra Caídas).Todo empleado deberá cumplir con el Programa de Salud y Seguridad Ocupacional, con el propósito de que identifique y conozca la matriz de análisis de riesgo de su respectivo puesto; además, será responsable de realizar todos los adiestramientos necesarios para adquirir las competencias del sistema de Gestión de "Salud y Seguridad en el Trabajo" (SST).DEMANDAS FISICAS: 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23CONDICIONES AMBIENTALES: 3
Notas
SOMOS UN PATRONO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO Y TOMAMOS ACCIÓN AFIRMATIVA PARA RECLUTAR A MUJERES, VETERANOS PROTEGIDOS Y PERSONAS CON IMPEDIMENTOS.SF #1219